40º Asamblea General de la OACI

La AVJK5022 asistió, como miembro de la FIVAAF

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La Asociación, representada por Pilar VeraRaquel Sosa, asistió a la 40ª Asamblea General de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) dentro de la Delegación de la Federación Internacional de Víctimas de Accidentes Aéreos y sus Familias (FIVAAF), formada también por Monica Maccaferri, de la Foundazione 8 Ottobre y por Bernd Gans, de la asociación alemana HIOP AF447 y U49525.

Notas de Estudios presentadas

La Asociación ha estado trabajando en cinco documentos de trabajos presentados para su aprobación por Pilar Vera en la Comisión Técnica, en la Comisión Ejecutiva y en la Comisión Legal, respectivamente.

Nota de Estudio 147 Asistencia a víctimas en los planes de emergencias de los aeropuertos 

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Los operadores aeroportuarios cuentan con sus propios planes de emergencia que debería incluir una asistencia a víctimas y familiares, específica y concreta para aliviar los efectos de los accidentes de aviación en las personas que los sufren. Por este la FIVAAF solicita a la Asamblea:

  1. solicitar al Consejo que considere introducir una nueva Práctica Recomendada en el Anexo 19 para que los operadores aeroportuarios desarrollen planes apropiados para proveer en tiempo y de manera efectiva asistencia a víctimas de accidentes aéreos y sus familias, dentro de sus propios planes de emergencias;
  2. instar a los Estados a que cuando adopten tales medidas, consideren incluir a las Asociaciones de Víctimas que muestren su voluntad de colaborar en el desarrollo de las mismas; y
  3. recordar a los Estados la Resolución A39-27 de la Asamblea e instar a los Estados a tomar las medidas preventivas y apropiadas relativas a la seguridad operacional respecto a la asistencia a víctimas.

Nota de estudio 149 Traducción del informe final de investigación de un accidente al idioma de todos los países involucrados

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En los accidentes de aviación civil de los últimos diez años, se han observado grandes carencias para poder dar información exacta a las familias precisamente por el desconocimiento del idioma del informe. Esta circunstancia podría reducirse considerablemente si los Estados intervinientes en el accidente de aviación a través de sus autoridades de investigación, tradujeran a su propio idioma el Informe Final. Se invita a la Asamblea a:

  1. instar al Consejo a introducir una enmienda del Capítulo 7 del Anexo 13 para instar a los Estados a que traduzcan el Informe Final de la Investigación a los idiomas de los países de procedencia de las víctimas y sus familiares.
  2. solicitar a los Estados a que por iniciativa propia traduzcan el Informe Final de la Investigación que estén pendientes en la actualidad, a los idiomas de procedencia de las víctimas y sus familiares, mientras se tramita la citada enmienda.

Nota de estudio 297 Asistencia a las víctimas de accidentes aéreos y sus familias

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En los últimos años, el tratamiento en la asistencia a víctimas y sus familias ha tenido un amplio recorrido que sin embargo no se ve reflejado en los datos recogidos por el Programa de la Auditoria de la Vigilancia de la Seguridad Operacional( USOAP) de la OACI. Es necesario pues seguir avanzando en esta línea, teniendo en cuenta la iniciativa Ningún País se Queda Atrás (NCLB) encaminada a prestar apoyo a los Estados Miembros, la asistencia a víctimas de accidentes es parte de ella de manera más efectiva. Se invita a la Asamblea a:

  1. volver a solicitar al Consejo que considere la actualización de la Práctica Recomendada 8.46 del Anexo 9 que recomienda los Estados el establecimiento de legislación, regulación, y/o políticas de asistencia a las víctimas de accidentes aéreos y sus familias, en una Estándar Internacional, tal que dinamice y facilite la implementación global;
  2. inste al Consejo a mantener su nivel de monitorización sobre la implementación vía el Programa de la Auditoria de la Vigilancia de la Seguridad Operacional(USOAP); y
  3. solicitar al Consejo que considere introducir una nueva disposición en el Anexo 9 para que los operadores aéreos y aeroportuarios desarrollen planes apropiados para proveer en tiempo y de manera efectiva asistencia a víctimas de accidentes aéreos y sus familias.

 

Nota de estudio 434 Mejores prácticas de las aseguradoras en el tratamiento a las víctimas repsecto a la sindemnizaciones

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En nuestra experiencia, a pesar de los avances en la aviación comercial, no siempre se producen las mejores prácticas por parte de las aseguradoras en el tratamiento las personas afectadas por una tragedia aérea.  En consecuencia, es imprescindible ahondar en este aspecto, tratando de recabar de los Estados sus mejores prácticas con la finalidad de que se cumplan las actividades habituales que abarcan desde el primer paso que es el anticipo hasta la indemnización que deben recibir los supervivientes, víctimas y sus familias. Se invita a la Asamblea a:

  1. recordar a los Estados las Resoluciones de la OACI respecto a las indemnizaciones de las víctimas, de las aseguradoras y de los operadores aéreos;
  2. instar a los Estados, las organizaciones internacionales, la industria y los donantes a apoyar las mejores prácticas de los aseguradores en el tratamiento de la asistencia a víctimas e informar e intercambiar información a través de la OACI, y que se facilite el acceso a la información a los Estados y Organizaciones Internacionales;
  3. instar al Consejo para que a través del Plan de Auditorias USOAP de la OACI se implemente los requisitos adecuados para que los Estados aporten las mejores prácticas en materia de cumplimiento de indemnizaciones a las víctimas, supervivientes y familias de un siniestro aéreo;
  4. organizar un Seminario el próximo año sobre las mejores prácticas por los Estados sobre el tratamiento en su territorio de las aseguradoras/operadores aéreos.

Nota de estudio 500 Día internacional de víctimas de accidentes aéreos y sus familias

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La creación por primera vez en la historia de la aviación comercial mundial de un día anual dedicado a las Víctimas de Accidentes Aéreos, contribuiría a una mayor concienciación por parte de los Estados Miembros y Organizaciones Internacionales sobre las consecuencias que sufren los pasajeros al convertirse en víctimas de un siniestro aéreo. Además, permitiría a la OACI fomentar las normas y prácticas recomendadas en el Doc. 9998 de Política de Asistencia a Víctimas y sus Familias, así como el Doc 9973 Guía Práctica para la Asistencia a las Víctimas de accidentes aéreos. Se invita a la Asamblea a:

  1. solicitar al Consejo que establezca un Día Internacional de las Víctimas de Siniestros Aéreos, con el fin de aumentar el conocimiento sobre las consecuencias que sufren las personas que padezcan un siniestro aéreo y de atraerlas hacia otro camino más esperanzador que les permita seguir viviendo contribuyendo al bien común;
  2. tomar nota de la fecha que se propone del 20 de Febrero como Día Internacional de la Victima de Accidentes Aéreos y hacer los trámites necesarios para incluirla en el Calendario Oficial, además de comunicarla a todos los Agentes implicados en la aviación comercial mundial.

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